Echenique debe dimitir por un «delito contra los trabajadores» según el código ético de Podemos
El código ético de Podemos obliga a Pablo Echenique a dimitir, tras ser condenado en firme por no pagar la Seguridad Social a su asistente personal como ha publicado OKDIARIO. El documento de comportamiento ético de Podemos lo deja muy claro: los cargos públicos se comprometen, al entrar en política, a dejar sus responsabilidades si se cometen «delitos contra los derechos de los trabajadores y las trabajadoras» y son condenados por ello.
El código ético fue elaborado precisamente por él mismo cuando ejercía las funciones de secretario de Organización de Podemos. Posteriormente, fue sustituido por Alberto Rodríguez y él pasó a ser el portavoz del partido en el Congreso de los Diputados.
Este texto pone en serios aprietos a Pablo Echenique y al propio partido, que debería hacer cumplir sus normas internas. Concretamente, el código ético de Podemos, establece que todos los cargos internos aceptarán «el compromiso de renuncia al cargo público, al cargo interno o a cualquier candidatura a dichos cargos en caso de ser procesado o condenado por las faltas (…) y que en cualquier caso incluirá siempre los delitos de corrupción, los económicos, el acoso sexual, las violencias machistas, la pederastia y el maltrato infantil, así como los delitos contra los derechos de los trabajadores y las trabajadoras, los ecológicos y los urbanísticos».
El código ético fue suavizado en 2018 para excluir a los imputados de la obligación de dimitir. Así, el vicepresidente del Gobierno y líder de Podemos, Pablo Iglesias, no tendrá que dejar el Ejecutivo si el Tribunal Supremo decide imputarle por los tres delitos que el juez Manuel García-Castellón le atribuye en el caso Dina-Iglesias (descubrimiento y revelación de secretos, con agravante de género, daños informáticos y acusación o denuncia falsa o simulación delito). Sin embargo, se mantiene el punto del compromiso de renuncia ante «procesamientos o condenas». También en uno de los últimos debates electorales, Iglesias dijo que dimitiría ante la apertura de juicio oral. En el caso de Pablo Echenique, este paso ya fue superado y ahora, con condena en firme, aún quiere agarrarse al escaño.
Tras la publicación por parte de este periódico de la información, el entorno de Echenique ha confirmado a la Agencia EFE que desiste de litigar en el Tribunal Supremo para tratar de evitar in extremis el pago de más de 11.000 euros de sanción por la contratación irregular del asistente. Indican que se ha decidido retirar el recurso al no haberse encontrado precedentes de una situación similar, aunque aseguran que seguirá «estudiando las vías jurídicas posibles para revertir esta injusticia, que además de contra él, abre la puerta a causar mucho daño a las personas con dependencia y sus familias».
«Posiblemente, Pablo Echenique sea la primera persona dependiente contra la que se actúa de esta manera en España. Por eso se ha decidido retirar el recurso de casación. Por no hallarse precedentes», han detallado estas fuentes. Defienden que se trataba de una relación como la de un masajista o fisioterapeuta.
El comienzo del caso procede de 2016 cuando la Tesorería General de la Seguridad Social le sancionó por contratar al margen de la ley, en negro, a un trabajador al que no dio de alta en la Seguridad Social. La Inspección del organismo público abrió una investigación oficial a finales de ese año tras descubrir que había mantenido a un trabajador sin contrato. Pablo Echenique recurrió esa sanción, y la Justicia, a través del Juzgado de lo Social de Zaragoza, dio la razón a la Seguridad Social.
Pablo Echenique, sin admitir el primer varapalo judicial, recurrió ante el Tribunal Superior de Justicia de Aragón (TSJA), que volvió a dar la espalda al diputado, desestimando todos los motivos de impugnación esgrimidos por Echenique. Ahora, para evitar una nueva derrota en los tribunales, ha decidido retirar su recurso ante el Alto Tribunal.
Sin contrato
La infracción se cometió en dos periodos distintos. El primero, que acaba en el año 2012, ha prescrito, por lo que la sanción se limita al segundo periodo: el que transcurre entre marzo de 2015 y abril de 2016, fechas en las que Pablo Echenique ya era miembro de Podemos. La sentencia considera hechos probados que el dirigente podemita, reconocido como persona en situación de dependencia, mantuvo trabajando a una persona sin contrato.
En un principio, Echenique pagaba a una empresa encargada de enviar cada día a un empleado a su casa.
En agosto de 2011, la compañía le comunicó que, tras cambiar de propietario, iba a dejar de prestar servicios de ayuda a domicilio. Entonces, Pablo Echenique mantuvo a su empleado sin ningún tipo de apoyo legal y, por tanto, sin pagar la cuota de la Seguridad Social correspondiente. El parlamentario y su asistente mantuvieron la relación laboral en los mismos términos anteriores a pesar de no contar con el respaldo de la empresa. Aunque el trabajador social continuó trabajando para él, esta relación no se formalizó por escrito por lo tanto, el trabajo se hacía sin contrato alguno.
En junio de 2012 el trabajador dejó de prestar los servicios después de que el político le comunicase que las tareas las realizaría desde ese momento su mujer y su madre. No obstante, en 2015, Pablo Echenique volvió a requerir al asistente hasta un año después, cuando decidió despedirle nuevamente.
Según consta en la sentencia, el trabajador no estuvo dado de alta en la Seguridad Social mientras realizó sus actividades fuera de la empresa que inicialmente contrató Echenique. El diputado carga las culpas en el empleado, y considera que debía hacerse cargo personalmente de sus cuotas a la Seguridad Social. Por entonces, Echenique defendía en distintos que «era una vergüenza» tener a trabajadores de estas características sin pagarles la Seguridad Social.